ConBici, coordinadora en defensa de la bici, publicó día 2 de julio de 2021, este artículo.
Nova Energia Movilidad queremos recordaros qué es una bicicleta eléctrica homologada europea o de asistencia a la pedalada:
REQUISITOS APROBADOS bicicleta eléctrica. Reglamento europeo 2002/24 / CE (esta regla establece los siguientes puntos que diferencian la bicicleta eléctrica de la motocicleta):
– El motor tiene que parar cuando se deja de pedalear.
– El motor deberá detenerse cuando supere los 25 km / h.
– La potencia del motor no debe superar los 250W.
La aprobación de la bicicleta eléctrica le permite:
– Limitar el consumo de electricidad empleado por el motor eléctrico para aporta más fuerza al pedaleo producido por sus piernas (ciclista urbano) sin sustituir, y por tanto perder, vuestra fuerza sino complementarla.
– Limitar el peligro de circulación con bicicletas eléctricas, ya que mantiene las prestaciones de la bicicleta eléctrica al mismo nivel de una bicicleta convencional: aceleración, velocidad máxima.
– Limitar el consumo de recursos minerales. Las baterías de las bicicletas eléctricas se componen de: Litio, cadmio, níquel, hierro, etc.